Regulador peruano de la competencia multa a Cencosud con más de medio millón de dólares
La empresa incurrió en métodos comerciales agresivos al enviar sin previo consentimiento comunicaciones a los consumidores con la finalidad de promover sus productos y servicios.
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La sala de un tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) de Perú confirmó la responsabilidad de Cencosud Retail Perú por haber incurrido en métodos comerciales agresivos al enviar comunicaciones a los consumidores a fin de promover sus productos y servicios, sin contar con su previo consentimiento. Ante ello, la sala del tribunal decidió imponer una multa de 447.36 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 1.968.384 soles (US$ 522.880)
Según se explicó, la sala confirmó el pronunciamiento emitido en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor al hallar responsable a Cencosud por infringir el literal e) del artículo 58°.1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, referido al derecho de protección que tienen todos los consumidores ante métodos comerciales agresivos.
De acuerdo con la investigación se verificó que Cencosud no recabó el consentimiento previo del 46,4% de consumidores que estuvieron incluidos en la muestra recogida.
La sala ordenó a Cencosud que, de inmediato, cumpla con abstenerse de remitir comunicaciones publicitarias a los consumidores que no brindaron su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco.
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